REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO: KP02-S-2007-021981

Visto el escrito presentado por el ciudadano IVAN RAFAEL GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, viudo, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.386.996, asistido por el abogado OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ, Inpreabogado N° 15.226, en el cual solicita se le declare UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la ciudadana CRIZAIDA DEL CARMEN HERNANDEZ MOSQUERA DE GIMENEZ, quien era venezolana, casada, titular de cédula de identidad No. 7.347.619, y que falleció ab-intestato en fecha 13 de Enero de 2007, según consta de Acta de Defunción inserta bajo el No. 143, del Libro de Defunciones llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara. Admitida la solicitud se ordenó las declaraciones de los testigos que presentara la solicitante y se ordenó librar Edicto, sin que compareciera ninguna persona interesada para impugnar la presente solicitud. --------------------------------------------------------------------------------------------
Este Tribunal para decidir observa:-----------------------------------------
UNICO: Con las declaraciones de los testigos JAIRO ALFREDO RIVAS FLORES y NORBY JANET ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 11.752.501 y 9.554.887, respectivamente, de este domicilio, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos; y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el Tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se encuentra plenamente demostrado lo alegado por los solicitante en su escrito, y por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. Así se decide
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a IVAN RAFAEL GIMENEZ, UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la difunta CRIZAIDA DEL CARMEN HERNANDEZ MOSQUERA DE GIMENEZ.
Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por el Tribunal, déjese copia y devuélvase original con sus resultados.

El Juez


Abg. Oscar Eduardo Rivero López

La Secretaria acc,


Abg. Mariana Moreno Izarza

Gdv.