REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 21 de Enero de 2.008. Años: 197° y 148°.
Exp. N° 7990-07. La ciudadana LIDIA ARCIRA VALBUENA DE LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.351.727, de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio FRANCISCO DANIEL MELENDEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.094, de este domicilio, presentó escrito por ante éste Tribunal, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Torres; Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 75, folio 38 frente, de fecha 05 de Agosto de 1.953, por cuanto se incurrió en el error al el apellido de su madre como “BARBUENA”, siendo lo correcto “VALBUENA”.
Admitida la solicitud se acordó admitir sumariamente y notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, queda plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento de la ciudadana LIDIA ARCIRA VALBUENA DE LUCENA Y NO habiendo objeción por parte del Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente el apellido de la madre de la solicitante como “VALBUENA”, quedando sin efecto “BARBUENA”. En consecuencia se ordena al Jefe Civil antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 21 de Enero de 2008. Años 197º y l48º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 39-2008, se publicó siendo las 10:30 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Exp. Nº 7990-07/mdeu.4