REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Enero de 2008
Año 197º y 148º
ASUNTO: KP02-L-2007-001837
PARTE ACTORA: FRANCISCO JAVIER ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.218.317.
ABOGADA ASISTENTE LA PARTE DEMANDANTE: CELSA MARTINEZ, en su condición de Procurador Especial de Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: CARNICERIA EL PUNTO IDEAL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy diez (10) de enero de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, y anunciada como fue la misma por el Alguacil, se deja constancia de la no comparecencia de ambas partes por si ni por medio de representante legales o apoderados judiciales, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Juez,
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,
Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda
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