REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-
Valencia, 30 enero 2008
Años: 197º y 148º
Expediente Nº 10.193
Vista la diligencia presentada el 30 enero 2007 por el abogado REINALDO LUIS DAVAUS MILLAN, cédula de identidad V-9.633.375, Inpreabogado Nº 73.705, con carácter de apoderado judicial del ciudadano ADELIS RAFAEL ARTEAGA LUGO, cédula de identidad V-2.782.188, mediante el cual desiste tanto de la acción como del procedimiento de la querella funcionarial por prestaciones sociales interpuesta contra el MUNICIPIO MONSEÑOR ITURRIZA, ESTADO FALCON; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante.
Archívese el expediente.
El Juez Provisorio,
OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,
Abog. GREGORY BOLIVAR R.
Exp. Nº 10.193
OLU/Yasneidymc
Diarizado Nº_____
|