REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, Dieciocho (18) de Enero de dos mil ocho
197º y 148º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2007-000921
PARTE OFERENTE: INDUSTRIA DEL LAVADO DE VENEZUELA INLAVEN C.A.
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: LIZ OJEDA IPSA 86.266
PARTE OFERIDA: SOCORRO VILLANUEVA
APODERADO PARTE OFERIDA: YALIDA LEQUESAMO, IPSA 78.392
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por la parte oferente INDUSTRIA DEL LAVADO DE VENEZUELA INLAVEN C.A., representada por su Apoderada Judicial Abogada LIZ OJEDA y la oferida SOCORRO VILLANUEVA, asistida por la Abogada en ejercicio YALIDA LEQUESAMO, mediante el cual dejan constancia del pago correspondiente a prestaciones sociales y demás beneficios laborales. Este Tribunal en vista de que las partes llegaron a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
La Juez.,
Abg. Mirla Sosa Guerrero
La Secretaria.,
Abg. Mary Anne Muguessa H.