REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 14 de enero del año dos mil ocho
197º y 148º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2007-000991
OFERENTE: CEMEX VENEZUELA C.A.
OFERIDA: ADRIANA MARGARITA PONCE
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Por cuanto tanto la parte OFERENTE CEMEX VENEZUELA C.A. , debidamente representado por su apoderado judicial TOMAS ZAMORA SARABIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 74.659, así como la parte OFERIDA: ADRIANA MARGARITA PONCE, debidamente asistida por el profesional del derecho LUIS ALBERTO MACHADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 13.530. consignaron en fecha 10/01/2008, al tribunal acuerdo transaccional suscrito entre estos por ante la Notaria Pública Tercera del Municipio Chacao del Estado Miranda, por ante la Unidad Receptora de Documentos (U.R.D.D.) y solicitan del tribunal tanto que homologue el acuerdo suscrito entre las partes y que se encuentra inserto a los folios 21 al 41, y el cumplimiento total de la obligación. El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita entre las partes no es contrario a derecho y no viola precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo , ni normas de orden publico. HOMOLOGA LA TRANSACCION EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y regístrese archívese en el copiador. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. DAYANA TOVAR
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, siendo las 10:45 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. DAYANA TOVAR
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