REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Febrero de 2008
197° y 148°

Vista la decisión de fecha 12 de Junio de 1.989, mediante la cual el Suprimido Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal, le concedió al ciudadano ORTUÑO RADA JULIO RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.850.697, la conmutación del resto de la pena que le faltaba por cumplir en Confinamiento de conformidad con el articulo 52 del Código Penal vigente para el momento, y por cuanto se evidencia a los folios 54 - 55 de la presente pieza Cédula de vigilancia y confinamiento Nº 13406, expedida por la prefectura de San Felipe, Estado Yaracuy, la cual indica que el ut supra mencionado cumplió con las obligaciones impuestas en virtud de la conmutación acordada en fecha arriba señalada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del código penal le EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR EL CUMPLIMIENTO DE PENA, Y EN CONSECUENCIA OTORGA LA LIBERTAD PLENA, al mencionado ciudadano. Ahora bien este tribunal en uso de sus atribuciones legales acuerda oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, así como al Departamento de Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin que el ut supra sea excluido del sistema computarizado de dichos organismos como ciudadano requerido por la justicia; a tales efectos se ordena la remisión del presente expediente a la división de archivo judicial, a los fines de su archivo y cuido. CÚMPLASE.
EL JUEZ


Dr. NICOL CATALANO CAMPISI


EL SECRETARIO


Abg. ROBINSON VÁSQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.


EL SECRETARIO


Abg. ROBINSON VÁSQUEZ


NCC/Jesús
Exp. 5E-871-99.