Entra a conocer el Juzgado Cuarto de Ejecución del expediente relacionado al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA , de veinte (20) años de edad, nacido en fecha 23-03-87, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-18.271.306, profesión u oficio estudiante, hijo de Ana de Aray (v) y Antonio Aray (v), residenciado en Petare, Turumo, calle San Francisco, Casa S/N, Caracas.
En fecha 01-11-04 se le dió entrada a las presentes actuaciones bajo el N° 286-04, acordándose la notificación a la ciudadana Fiscal 117° del Ministerio Público, Dra. CARMEN DI MURO y a la Defensa Privada.
Vistas, estudiadas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto del mismo se desprende que el Juzgado Noveno de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Dicto Sentencia Condenatoria en fecha 30-09-2004 al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, previamente identificado en autos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, e impone las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Dos (02) Años y REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de Un (01) Año, de conformidad con los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, debiendo ser cumplidas de manera simultanea, este Tribunal observa:
En fecha 04-11-2004 se dictó auto de EJECUCIÓN de las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Dos (02) Años y REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de Un (01) Año, debiendo ser cumplidas de manera simultanea.
En fecha 24-11-2004 el Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA fue impuesto de las Mediadas de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Dos (02) Años y REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de Un (01) Año, previstas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En fecha 02-03-2005, se recibió PLAN DE ACCIÓN, elaborado por el Equipo Técnico, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 05-187, relativo al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA.
En fecha 28-04-2005 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 05-433.
En fecha 27-05-2005 se acordó fijar la audiencia Oral y Privada para la revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA Impuesta al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de dos (02) años.
En fecha 21-06-2005 se realizo Audiencia de Revisión de Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista y sancionada en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, mediante la cual se acordó mantener la medida de LIBERTAD ASISTIDA que le fue impuesta en su debida oportunidad al Joven Adulto antes mencionado, así mismo se acordó realizar el computo en la presente causa.
En fecha 10-11-2005 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 038-05.
En fecha 24-11-2005 se acordó fijar Audiencia Oral y Privada para la revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA.
En fecha 06-12-2005 se realizo Audiencia de Revisión de Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista y sancionada en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, mediante el cual se acordó mantener la medida de LIBERTAD ASISTIDA que le fue impuesta en su debida oportunidad al Joven Adulto antes mencionado, así mismo se acordó realizar el computo en la presente causa.
En fecha 22-02-2006 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 049-06.
En fecha 11-07-2006 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 217-06.
En fecha 11-07-2006 se acordó fijar Audiencia Oral y Privada para la revisión de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, a los fines si procede o no la Cesación de la Medida.
En fecha 25-07-2006 se realizo Audiencia de Revisión de Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista y sancionada en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, mediante el cual se acordó mantener la medida de LIBERTAD ASISTIDA que le fue impuesta en su debida oportunidad al Joven Adulto antes mencionado, así mismo se acordó realizar el computo en la presente causa.
En fecha 23-11-2006 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 401-06.
En fecha 24-01-2007 se acordó fijar Audiencia de posible Cesación de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, a los fines si procede o no la Cesación de la Medida.
En fecha 12-06-2007 se realizo Audiencia de Cesación de Medida, mediante el cual se le acordó decretar el Cese de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA al Joven Adulto DE AUTOS, toda vez, que el mismo ya dio cumplimiento con la misma, así mismo se impone la sanción de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de un (01) año.
En fecha 20-06-2007 se recibió CONSECUTIVO DE CITAS relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad.
En fecha 29-06-2007 se recibió PLAN DE SUPERVISIÓN relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 401-06.
En fecha 10-07-2007 se acordó fijar Audiencia de posible Cesación de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, al Joven Adulto DE AUTOS, a los fines si procede o no la Cesación de la Medida.
En fecha 26-09-2007 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio N° 401-06.
En fecha 26-09-2007 se realizo Audiencia de Revisión de Medida, mediante el cual se le acordó al Joven Adulto, por cuanto la misma no le es contraria a su proceso de desarrollo mantener la sanción.
En fecha 19-12-2007 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad.
En fecha 08-02-2008 se recibió INFORME EVOLUTIVO relativo al Joven Adulto de autos, procedente de la Entidad de Atención Integral al Adolescente No Privado de Libertad bajo oficio S/N.
En fecha 12-02-2008 se acordó fijar Audiencia de posible Cesación de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, al Joven Adulto, a los fines si procede o no la Cesación de la Medida.
En fecha 26-02-2008 se realizo Audiencia de Cesación de Medida, mediante el cual se le acordó decretar el Cese de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA al Joven Adulto , toda vez, que el mismo ya dio cumplimiento con la misma, así mismo se acuerda su LIBERTAD PLENA.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta la Cesación por cumplimiento de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual le fue impuesta al Joven IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado, en virtud de que se desprende claramente de los autos que conforman el presente expediente que el mismo ha cumplido con la medida por el tiempo que le fue acordada, superando las deficiencias y carencias que lo llevaron a incurrir en la conducta ilícita. SEGUNDO: Se DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA. TERCERO: Se ordena el cierre de la causa relativo al Joven antes mencionado. Regístrese. Diarícese. Publíquese. CÚMPLASE.
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