REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-000575
PARTE ACTORA: JESUS VELASQUEZ, y OTROS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HECTOR LIBERATORE, y OTROS
PARTE DEMANDADA: COMPAÑIA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO DE VENEZUELA (CADAFE)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIEGO A. LOPEZ P.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy catorce (14) de febrero de dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece el ciudadano DIEGO A. LOPEZ P., inscrito en el IPSA bajo el N° 112.028, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder que consigna en copia, el cual fue cotejado con el original, agregándose al expediente. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.

El Juez,


Abog. Juan Ramón Echeverría
El Secretario,


Abog. Adriana Bigott
El compareciente,