REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, veintinueve (29) de Febrero de 2008
Año 197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-000634
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, ante quien se identificó a su firmante ciudadana GLADYS ESTHER HERNANDEZ CASTRO, colombiana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E- 81.740.081, en su carácter de madre de los adolescentes y la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), y en nombre y representación de los ciudadanos NAYAN ANDREINA VELASQUEZ CARRERO, FRANCY ELENA VELASQUEZ CARRERO, BETSI COROMOTO VELASQUEZ BALZA, ROSMARY CAROLINA VELASQUEZ BALZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.632.719, V-16.906.581, V-18.750.813 y V-18.853.392 respectivamente e igualmente actuando en nombre y representación de la ciudadana ANA SOFIA BALZA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.195.239 en su carácter de madre de los adolescentes (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), representaciones que se desprenden de documento poder autenticado ante la Notaria Publica Cuarta de Maracay, Estado Aragua, debidamente asistida por la abogada VIVIAN RAVELO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.532.
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la Copia Certificada del Acta de Defunción del fallecido ARISTIDES VELASQUEZ; Certificada de las Actas de Nacimiento de la niña y los adolescentes de autos así como de los ciudadanos NAYAN ANDREINA VELASQUEZ CARRERO, FRANCY ELENA VELASQUEZ CARRERO, BETSI COROMOTO VELASQUEZ BALZA, ROSMARY CAROLINA VELASQUEZ BALZA; copia Certificada de Documentos poder cursante a los folios 17 al 21 y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante, ciudadanos GERARDO ANTONIO NARVAEZ PERNIA y BLANCA ALIRIA COLMENARES DE YANEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.884.406 y V-2.963.521 respectivamente. En consecuencia, esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano ARISTIDES VELASQUEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.212.974, a los ciudadanos NAYAN ANDREINA VELASQUEZ CARRERO, FRANCY ELENA VELASQUEZ CARRERO, BETSI COROMOTO VELASQUEZ BALZA, ROSMARY CAROLINA VELASQUEZ BALZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.632.719, V-16.906.581, V-18.750.813 y V-18.853.392 respectivamente y a la niña y adolescentes (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA) y así se declara.-
LA JUEZA
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,
ABG. KARLA SALAS
YCH/KS/ych
Motivo: Solicitud de Titulo Únicos y Universales Herederos
ASUNTO: AP51-S-2008-000634
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