REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas 07 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2008-000976

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Vista la solicitud de Convenimiento de Régimen de Visitas (hoy Convivencia Familiar), presentada por los ciudadanos FRANKLIN ORLANDO SÁNCHEZ y YACKLYN YERITZA ZAMBRANO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.187.637 y V-16.021.553 respectivamente a favor de su hijo el niño (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistido en este acto por la ciudadana JOHELY CARMONA, en su carácter de Defensora Pública Nro. 67 adscrita a la Defensoría Nro. 35 de esta Circunscripción Judicial, y así mismo, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la admite en cuanto ha lugar en derecho administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes. Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente fallo y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los siete (07) días del mes de Febrero de Dos Mil Ocho (2008). Año 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL(A) JUEZ(A)

Abg. Yumildre Castillo Herdé

EL(A) SECRETARIO(A)

Abg. Karla Salas.