República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas.
SOLICITANTE: Charry Alberto Chacon Labrador, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.993.017.
ABOGADA ASISTENTE: Lesbia Marbella Ocaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.796.
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento
EXPEDIENTE: 07-1497.-
Vista la anterior solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por el ciudadano Charry Alberto Chacon Labrador, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula d identidad N° V-11.993.017, asistido por la ciudadana Lesbia Marbella Ocaña, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.796, mediante la cual solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hija ciudadana Daleska Karolaen Chacon Farrera, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital, acta N° 745, alegando que en ella se colocó erradamente el numero de cedula del padre de la niña ciudadano Charry Alberto Chacon Labrador. Para sus efectos probatorios acompañaron a la solicitud, partida de nacimiento ciudadana Daleska Karolaen Chacon Farrera, y fotocopia de la cedula de identidad del ciudadano Charry Alberto Chacon Labrador y Sentencia de Rectificación de acta de Matrimonio del ciudadano antes mencionado. Probado como ha sido lo alegado y visto el error cometido, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación, se procede a tramitarlo meramente, en tal sentido este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO consignada y donde aparezca “V-11.993.012” debe leerse “V-11.993.017”, quedando así rectificada la Partida de Nacimiento consignada. En consecuencia, líbrese Oficio acompañado de Copias Certificadas del escrito de Solicitud y de la presente providencia, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 773 y 774 ambos del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Veinte (20) días del mes de Febrero de Dos Mil Ocho (2008).- AÑOS: 197° de la Independencia y 148º de la Federación.-
El Juez Titular,
Dr. Carlos Spartalian Duarte.
La Secretaria Acc,
Abg. Lisbeth Rodríguez González
En esta misma fecha siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se registró y publicó la anterior providencia.-
La Secretaria Acc,
Abg. Lisbeth Rodríguez González
CSD/LRG/Jenny.-
Exp. N: 07-1497.-
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