REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 12 de febrero de 2008.
197° y 148°
Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano RICARDO JOSE ORTEGA PAIVA, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-2.979.193, a su esposa ELENA CASTILLO VICTORIA DE ORTEGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.558.996, y a sus cuatro (04) hijos legítimos, ciudadanos RILENA DEL VALLE, ANELE SOFIA, LENYS ROSALIA y RICARDO JOSE ORTEGA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 11.204.601, V- 10.375.643, V- 12.210.557, y V- 17.868.071, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: S-6740
EBG/JOG/Ana*