REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 06 de febrero de 2008.-
Años: 197° y 148°

Vistas las diligencias suscritas en fecha 21 y 29 de enero de 2008, la primera por el abogado Manuel Lozada García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.961, apoderado judicial de la ciudadana Débora Damasco Battistoni, y la segunda por el abogado José Arturo Zambrano Aure, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.650, apoderado judicial de la ciudadana Antonella Damasco Battistoni, mediante las cuales APELARON de la decisión dictada por este Tribunal en fecha dieciocho (18) de enero de 2008. Este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado, ordena realizar por secretaria un computo de los días hábiles transcurridos desde el catorce (14) de enero de 2008, hasta el 23 de enero de 2008, ambas fechas inclusive.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS DOMINGO MATA.
Quien suscribe, RICHARS DOMINGO MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; deja constancia que, desde el 14 de enero de 2008, hasta el veintitrés (23) de enero de 2008, han transcurrido ocho (8) días hábiles.-


VJGJ/RM/Marielis
Exp. 9717




JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 06 de febrero de 2008.-
Años: 197° y 148°
Vistas las diligencias suscritas en fecha 21 y 29 de enero de 2008, la primera por el abogado Manuel Lozada García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.961, apoderado judicial de la ciudadana Débora Damasco Battistoni, y la segunda por el abogado José Arturo Zambrano Aure, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.650, apoderado judicial de la ciudadana Antonella Damasco Battistoni, mediante las cuales APELARON de la decisión dictada por este Tribunal en fecha dieciocho (18) de enero de 2008. Ahora bien, visto el computo realizado por este Tribunal en esta misma fecha, se ADMITE la apelación ejercida en fecha 21 de enero de 2008 por la representación judicial de la ciudadana Débora Damasco Battistoni, ya que la misma fue ejercida dentro del lapso legal tal como lo establece el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ahora bien, en cuanto a la segunda apelación ejercida en fecha 29 de enero de 2008, este Tribunal igualmente la ADMITE, a los fines de garantizar el derecho de defensa que le asisten a las partes, ya que para la fecha del lapso de apelación, no había acceso a las instalaciones del Edificio José Maria Vargas, donde funciona este Juzgado Superior, en virtud de ello, se oyen las mismas en un solo efecto. En consecuencia, remítase el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS DOMINGO MATA.
VJGJ/RM/Marielis
Exp. 9717
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 6 de febrero de 2008
Años 197° y 148°
OFICIO N° 2008-A-
CIUDADANOS:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DEL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
SALA CONSTITUCIONAL.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° 9717 de la nomenclatura llevada por este tribunal contentivo de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesta por el abogado Rubén Maestre Wills, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.713, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversiones Lianti, S.R.L., en contra de la decisión dictada el en fecha 18 de mayo de 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; constante de una (01) pieza de cuatrocientos setenta y tres (473) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de las apelaciones ejercidas en fecha 21 y 29 de enero de 2008, en la presente causa, por los terceros interesados, contra la decisión pronunciada por este despacho en fecha 18 de enero del año en curso.-
EL JUEZ ,

Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
VJGJ/RM/Marielis
EXP: 9717