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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 EN SU NOMBRE
 JUZGADO DECIMOQUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 
 PARTE ACTORA: ANA VIRGINIA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-3.820.764.-
 
 
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARIA ANTONIETTA DELLA PORTA y JOSE FRANCISCO SANCHEZ, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 31.476 y 26.757 respectivamente.-
 
 
 PARTE DEMANDADA: CARLOS EDUARDO MURILLO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº. V-5.580.430.-
 
 
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NO TIENE APODERADO JUDICIAL CONSTITUIDOS.-
 
 
 
 MOTIVO: DESALOJO.
 
 
 SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA).
 
 
 EXPEDIENTE: 3242
 
 
 
 
 
 
 Vistas y estudiadas detenidamente las actas procesales que conforman el presente expediente, observa el Tribunal que el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece: "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inacti¬vidad del Juez después de vista la causa no producirá la peren¬ción...". En la trascripción anterior del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se  establece la perención genérica de un año cuando no se hubiese ejecutado ningún acto de procedimien¬to por las partes. Ahora bien, observa el Tribunal que la última actuación de parte se realizó el día 16/01/2007, y siendo que el presente juicio se encuentra en etapa de sustanciación antes de entrar en etapa de sentencia y siendo que a la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en el artículo 267 del código de Procedimiento Civil, en tal virtud, este Tribu¬nal Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana ANA VIRGINIA MALDONADO, contra el ciudadano CARLOS EDUARDO MURILLO NUÑEZ.-
 REGISTRESE y PUBLIQUESE
 
 Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (28) días del mes de Febrero de dos mil ocho.-
 EL JUEZ TITULAR
 
 
 RENAN JOSE GONZALEZ
 EL  SECRETARIO
 
 
 RONMY J. SALIMEY M.
 En esta misma fecha, a las 12:15 p.m., se  registró y publicó esta decisión.
 EL SECRETARIO
 
 EXP. Nº 3242
 RJG/RJSM/josech
 
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