REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA



Barquisimeto, 26 de Febrero del 2008
Años: 197º y 149°


ASUNTO: KP01-P-2004-000604.



Revisada como han sido las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal Observa:

• Que en fecha 28 de Enero de 2008, se constituyo el Tribunal de Juicio Nº 1 a los fines de de dar Apertura al Juicio Oral y Publico fijado en la presente causa al cual asistieron todas las partes, una vez aperturado el debate la vindicta publica procedió a formalizar acusación en contra de los acusados por la presunta comisión del Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el articulo 408 del Código Penal Venezolano, solicita se evacuen las pruebas ofrecidas y admitidas, las cuales constan en escrito acusatorio inserto en autos, pide el enjuiciamiento de los mismos, y su condenatoria en la definitiva. Conforme al artículo 184 Código Orgánico Procesal Penal, y visto que no hay testigos se acordó la suspensión del Juicio para el día 13-02-2008 a las 10:00 a.m.

• En fecha 13 de Febrero de 2008, siendo la nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Publico el mismo no puedo ser realizado por cuanto este Tribunal no dio despacho, por reposo médico de la Jueza Profesional, acordándose fijar nueva fecha por secretaria, fijándose para el día 21-02-2008.

• Que en fecha 21 de Febrero de 2008, se constituyo el Tribunal de Juicio Nº 1 a los fines de continuar con la Celebración del Juicio Oral y Publico fijado en la presente causa, la cual no pudo ser realizada por cuanto no asistieron al debate ni la victima, ni el acusado JOHANDER JOSE RIVERO, motivo este por el cual nuevamente se difiere el presente acto.

• En fecha 25 de Febrero de 2008, siendo nueva oportunidad fijada para la continuación del Juicio Oral y Publico, no se logro llevar a cabo la continuación de dicho debate, por cuanto no compareció el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico, quien se encontraba en otros actos, el acusado GERMAN ELORZA, quien por información dada por el funcionario de la Guardia Nacional Sargento Johan Leal, manifestó que el mismo, se negó a salir del Centro Penitenciario de Centro occidente.- Ahora bien, de la revisión del calendario del Tribunal, se observa que desde el día 28 de Enero de 2008, fecha de la última sesión de juicio oral y público al día 25 de Febrero de 2008, transcurrieron once (11) días hábiles de despacho.

Ante esta situación nos encontramos frente a un juicio oral y público que fue interrumpido por incomparecencia de uno de los acusados, quien se negó a comparecer a la sala de audiencias y en consecuencia, visto que el tribunal había inicias deberá realizarse de nuevo, desde su inicio, por este mismo Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA



Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en sus funciones de Juicio Nº 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos:

PRIMERO: Se ACUERDA la interrupción del presente juicio que contiene la causa KP01-P-2004-000604 y la nueva realización desde su inicio por el mismo Tribunal, de conformidad con el artículo 337 del COPP.

SEGUNDO: Se ACUERDA la fijación INMEDIATA DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO en la presente causa.- Notifíquese a las partes de la presente decisión.

Publíquese, Regístrese y Cúmplase, Dado en Barquisimeto a los Veintiséis días del mes de Febrero del año Dos Mil Ocho. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZA DE JUICIO Nº 1

Abg. AMELIA I. JIMENEZ GARCIA.

LA SECRETARIA