REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 27 de Febrero de 2008
Años: 197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-000753
Vista el escrito presentado por la Ciudadana: DELIA PASTORA LEON, identificada en autos con Cédula de Identidad Nro..4.068.164 relacionado con obstáculos para hacer efectiva la entrega de vehículo acordada por el Tribunal de Control. Este tribunal con fundamento en el derecho constitucional previsto en el articulo 51 que garantiza a los ciudadanos el derecho de petición y oportuna respuesta, considera pertinente acordarle a la solicitante, copia fotostática certificada de la decisión dictada en fecha 15-06-06 (f.643 al 653) y del oficio Nro 6794 (f.5485-06 ) a los fines de que la solicitante tramite por ante el Estacionamiento la entrega del mismo, y tal como se evidencia de la decisión, gestione por ante ese ente la exoneración. Adviértase a la solicitante que este tribunal no tiene competencia sobre la materia de entrega de vehículos y cualquier acción que la misma intente es autónoma y ajena al presente asunto. Emítase las copias. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3
Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario