REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la
Region Centro Occidental
Barquisimeto, veintiocho (28) de febrero de dos mil ocho
Años: 197º y 149º
ASUNTO: KP02-N-2002-000301
Vista la Transacción inserta a los folios 354 y 355, realizada entre la empresa Frigorífico La Mansión, C.A., representada por el Abogado Hugo Herrera Cortes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.347, parte recurrente y por la otra el ciudadano Reggins José Colmenarez, titular de la cédula de identidad No. 10.314.739, asistido por el Abogado José Javier Silva, inscrito en el Inpreabogado con el No. 51.039, en la cual ambas partes de común acuerdo desisten de cualquier acción administrativa y/o judicial, dan por terminada la relación de trabajo y solicita se homologue la presente transacción, este Tribunal en consecuencia HOMOLOGA LA TRANSACCION PRESENTADA, da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del presente asunto. Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Titular,
Dr. Freddy Duque Ramírez
La Secretaria,
Abog. Sarah Franco Castellanos
Seguidamente se archivó en 412 folios útiles.
La Secretaria,
FDR/Mariella
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