REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2007-018629
La Ciudadana MARIA DEL PILAR MARTINEZ ORTIZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 7.346.203, solicitó la rectificación del ACTA DE DEFUNCION de su esposo JOSE RAFAEL LOPEZ, fallecido el 01/01/06, en el sentido que figura su estado civil como VIUDO, siendo lo correcto CASADO. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público y publicar un edicto por la prensa.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, el edicto publicado y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el estado civil del esposo de la solicitante como “CASADO”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE DEFUNCION, inserta bajo el N° 07, año 2005. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídanse copias certificadas y oficios.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, al primero de Febrero de dos mil ocho. Años 197º y 148º.
EL JUEZ, LA SECRETARIA ACC,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/ij.-
EL SUSCRITO SECRETARIO ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-
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