REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2006-017616
Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana: DERMIS DEL CARMEN LINARES CARRASCO, venezolana, titular de la cedula de identidad número V.- 17.101.158 , de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.4.000.000), EQUIVALENTES A CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 4.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana, DERMIS DEL CARMEN LINARES CARRASCO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en :EL BARRIO BRISAS DE LA PRADERA, KILOMETRO 7 1/2 , VIA QUIBOR, CARRERA 4 ENTRE CARRERAS 4 Y 5 N° 204, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: con las bienhechurías de la ciudadana Mirci Colmenarez, SUR: con la quebrada la ruezga; ESTE: con bienhechurías de la ciudadana Erika González y OESTE: con bienhechurías de del Ciudadano Ali Jiménez ; Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ
Abg. HAROLD R. PAREDES B. La Secretaria Acc.
Abg. Luisa A. Agüero
HRPB/LAA/mjsv
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