REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-013925
La ciudadana YULIS DE LAS MERCEDES CASTILLO GORDILLO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su madre como: "MEILY" siendo su nombre correcto: "NEGDYS JUDITH GORDILLO GUTIERREZ".- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de la ciudadana YULIS DE LAS MERCEDES CASTILLO GORDILLO, venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre: "NEGDYS JUDITH GORDILLO GUTIERREZ".- En consecuencia, se ordena a la Alcaldia de la Parroquia San Miguel, Municipio Urdaneta, del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 696, folio 351, de fecha del año 1.983. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintidós días del mes de febrero de dos mil ocho.- Años: 197º y 148º.-
El Juez., La Secretaria acc.,
Abog. Harold R. Paredes Bracamonte Abog. Luisa A. Agüero E.
Publicada en su fecha
HRPB/LaAe/vcg
|