REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-022018

El ciudadano EDGAR JOSÉ ARTEAGA HURTADO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.101.146, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su madre como: "HAIDEE" siendo su nombre correcto: "HAYDEE".- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento del ciudadano EDGAR JOSÉ ARTEAGA HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.101.146, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre: "HAYDEE".- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en Acta de Defunción N° 225, de fecha 23 de Abril del año 2007. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintidós días del mes de febrero de dos mil ocho.- Años: 197º y 148º.-
El Juez., La Secretaria acc.,

Abog. Harold R. Paredes Bracamonte Abog. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LaAe/vcg