REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-V-2007-004649


Visto el CONVENIMIENTO, presentado por ambas partes en fecha 28 de de Abril del año 2008, en el presente juicio por DESALOJO O DESOCUPACION. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.

El Juez., La Secretaria.,
(FDO) (FDO)
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.

Seguidamente se certificó una copia.

HRPB/LaAe/vcg.
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia anterior la cual es traslado fiel y exacto de su original, a la fecha Ut-supra.
LA SECRETARIA.,


ABG. LUISA A. AGÜERO E.