REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-020413

Rect.Part.
C.F.

El ciudadano JOSÉ RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.316.303, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Pedro Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.937, solicitó la rectificación de su Partida de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 235, folio 118 fte, del año 1.947, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre de la madre del solicitante como “ROSELIA DEL CARMEN LOPEZ”, siendo lo correcto “ROSA DEL CARMEN LOPEZ”. Acompañó copia certificada de la Partida de Nacimiento del solicitante y de su madre, copia fotostática de la cédula de identidad de la madre del solicitante. Fue admitida la solicitud en fecha veintisiete (27) de Noviembre de 2.007, se ordenó consignar copia certificada de la partida de nacimiento del solicitante expedida por el registro principal, librar un edicto y oficiar a la Onidex, solicitando datos filiatorios del solicitante (f. 07). En fecha 04/12/2.007, compareció por ante este Tribunal el ciudadano JOSÉ RAFAEL LOPEZ, asistido por el abogado Pedro Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.937 y consignó publicación del edicto (f. 10). En fecha 03/12/2.007, Se dio por notificado el Dr. Angel Petit, en su carácter de Fiscal Encargado Décimo Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 14). En fecha 13/12/2.007, compareció por ante este Tribunal el ciudadano JOSÉ RAFAEL LOPEZ, asistido por el abogado Pedro Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.937 y consignó certificación de datos filiatorios solicitados (f. 15). En fecha 16/01/2.008, se dictó auto dándole entrada al oficio N° RIIE-3-0311-2539, emanado de la Onidex, Barquisimeto I, contentivo de los datos filiatorios del solicitante (f. 17). En fecha 21/01/2.008, se dictó auto ordenando oír la declaración de dos testigos y de la madre del solicitante (f. 19). En fecha 01/02/2.008, rindieron declaraciones los ciudadanos ZOMER PASTOR RAMOS y QUIZAIRA GERALDINE RAMÍREZ NARANJO (f. 20 y 21). En fecha 11/02/2.008, compareció por ante este Tribunal el abogado Pedro Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.937 y consignó acta de defunción de la madre del solicitante (f. 22).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Nacimiento y así se declara.
Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, efectuada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL LOPEZ y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la Partida de Nacimiento inscrita bajo el N° 235, folio 118 fte, del año 1.947, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre de la madre del solicitante como “ROSELIA DEL CARMEN LOPEZ”, siendo lo correcto “ROSA DEL CARMEN LOPEZ”. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto, a los veinticinco (25) días del mes de Febrero de dos mil ocho (2.008). AÑOS: 197° y 149°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec. Acc.

MJP/Mónica