REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR TERCERO AGRARIO
ASUNTO: KP02-A-2007-000013
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
CAUSA: RECURSO DE NULIDAD CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO.
DEMANDANTE: LAURA ISABEL LARA DE ALDAZORO, ANA MARIA SILVA MENDEZ, ESTILITA DEL CARMEN SILVA DE ROJAS y CORINA DEL CARMEN SILVA DE MARCHAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.383.174, 3.535.071, 2.384.749 y 4.193.462 respectivamente y de este domicilio.
APODERADO ACTOR: EMILIO BETANCOURT ZUBILLAGA, Inpreabogado No. 22.385.
DEMANDADOS: INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).
APODERADOS DEMANDADOS: RAFAEL ALVAREZ ALMAO y FREDDY USECHE ARRIETA, Inpreabogado Nos. 71.592 y 115.891 respectivamente.
Por cuanto en fecha 19 de Febrero de 2008 los abogados Rafael Álvarez Almao y Freddy Useche Arrieta, en su carácter de apoderados judiciales del Instituto Nacional de Tierras (INTI) presentaron escrito en el que solicitan la Perención de la Instancia por falta de impulso procesal de la parte actora en el presente juicio (fs. 73 y 75).
Este Tribunal para decidir, observa:
Visto el computo realizado por Secretaría, en el que se constata que desde el día 27 de Junio de 2007 (fecha del abocamiento del Juez) hasta el día 19 de febrero de 2008 (fecha de la solicitud de perención por la parte demandada) ha transcurrido de sobremanera el lapso de seis meses que establece el artículo 193 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para que se consuma la Perención de la Instancia, siendo que entre dichas fechas ha transcurrido el lapso de seis (6) meses y dieciséis (16) días y no consta en autos que la parte actora haya realizado actuaciones para darle impulso procesal a esta causa, por lo que de conformidad con el artículo 193 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario se DECLARA CONSUMADA LA PERENCION DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO. Así se decide.
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO en el Juicio de Nulidad contra el acto administrativo, incoado por los ciudadanos Laura Isabel Lara De Aldazoro, Ana Maria Silva Mendez, Estilita Del Carmen Silva De Rojas Y Corina Del Carmen Silva De Marchan, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). En consecuencia, se ordena la notificación a las partes de la presente decisión y al Procurador General de la República a los fines de que interpongan los recursos que consideren conveniente contra la presente decisión.
Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, a los VEINTIOCHO (28) DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. Años: 197° y 148°.
EL JUEZ,
Abog. CARLOS EDUARDO NUÑEZ GARCIA
LA SECRETARIA
Abg. BEATRIZ ELENA CORDERO
Publicada en su fecha, en horas de Despacho.
LA SECRETARIA,
Abg. BEATRIZ ELENA CORDERO
CENG/BEC/avm.