REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO.
Puerto Cabello, 27 de Febrero del 2008.
197° y 149°
Vista la diligencia que antecede (f.52), suscrita por la abogada MARLENE PULIDO VIDAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.305, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio BOQUETES, C.A., parte actora en la presenta demanda, que contiene el desistimiento y donde expone:
“(...)(...) manifiesto que a tenor de lo que expresa el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DESISTO TANTO DE LA ACCION COMO DEL PROCEDIMIENTO INCOADO EN LA PRESENTE CAUSA, solicitando respetuosamente al Tribunal se sirva homologar el presente desistimiento y ordenar el consecuente archivo de este expediente…”
Ahora bien, este Despacho observa: El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece: “…En cualquier estado y grado de la causa, puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria….”.
En tal sentido y en fundamento al mencionado artículo 263, Ejusdem, transcrito parcialmente, y en virtud de la diligencia donde la parte demandante desiste de la acción y el procedimiento en relación al demandado Douglas Armando Belisario Rodríguez, es por lo que este Despacho da por consumado dicho acto, homologándose el mismo, teniéndose el desistimiento como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto y ordena el archivo del expediente.
El Juez Titular,

Dr. RAFAEL E. PADRÓN HERNÁNDEZ.

La Secretaria Accidental,

AISSES SALAZAR.


En esta misma fecha se dio por terminado y se archivó el presente expediente constante de cincuenta y tres (53) folios útiles el cuaderno principal y constante de treinta y tres (33) folios útiles el cuaderno de medidas.
La Secretaria Accidental,

AISSES SALAZAR.



REPH/Kg.