JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara, 11 de Febrero de 2008
196° y l47°
Vista la anterior solicitud, presentada por los Ciudadanos: GUZMAN CASTILLO, MARINO LLANO, EDIXON SANCHEZ y ANGEL LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°.10.750.338, 16.101.744, 15.334.686 y 8.603.483, respectivamente, asistidos por las Abogadas: MILITZI LORENA NAVA BETANCOURT y SANDRA MARLENE VALBUENA CONDE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.466.421 y 10.724.006, respectivamente, inscritas en el Inpreabogado bajo los N°s. 67.216 y 74.127, respectivamente. Désele entrada, asígnesele número, anótese en el Libro respectivo. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMÍTE, cuanto ha lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de INSPECCIÓN JUDICIAL (Civil), Se fija para el día siguiente al de hoy a las nueve y treinta (09:30 AM.) de la mañana para la practica de la inspección solicitada, a tal efecto, se ordena el traslado y constitución del Tribunal al sitio indicado. Habilitese el tiempo necesario, por haber sido jurada la urgencia del caso, y solicitado por la parte interesada, con la carga por parte de la solicitante de cumplir con todos los medios idóneos para el traslado. Cúmplase con lo ordenado.-

El Juez Titular


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

La Secretaria Suplente


Abg. ROMAIRA AZUCENA DELGADO A.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se le dio entrada bajo el N°. 1072-08
La Secretaria S.





SOL 1072-08
ALA/RADA/Ariela.