REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 18 de Febrero de Dos mil siete.
197º y 148º
ASUNTO: GP02-L-2005- 001921
Visto que las partes voluntariamente, en fecha 18 de Febrero de 2008, consignan por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral acuerdo, este Tribunal, una vez revisada la manifestación de voluntad, HOMOLOGA EL ACUERDO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, en los términos como fue establecido en el contenido del mismo, otorgándole fuerza de cosa juzgada, en tal sentido este tribunal ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ
Abog: NORIS B GODOY V.
La Secretaria
Abg. Loredana Massaroni.
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