REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 1 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2007-000337
ASUNTO : RP01-D-2007-000337

En el día de hoy 01 de julio de 2008 siendo las 4: 04 pm, constituido el Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, presidido por la Abg. Arelis González Rondòn, acompañada de la secretaria de sala Abg. Elizabeth Suárez y del alguacil cesar Ocanto, en la sala 3B de este Circuito, a los fines de llevar a cabo el acto de Imposición de la sanción previsto para este día, en el asunto RP01-D-2007-000337. Se deja constancia a través del alguacil de sala que compareció la Abg. MILDRED GUERRA defensora pública del adolescente, el sancionado de autos XXXXXXXXXXXX previa citación acompañado de su representante legal ciudadana XXXXXXXXXXX. Acto seguido, la juez da inicio a la Audiencia e impone al adolescente de la sanción impuesta en fecha 19-05-2008, por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, mediante la cual sancionó al adolescente XXXXXXXXXXXXX, a cumplir la sanción de libertad asistida por el lapso de seis (06) meses, conforme a los artículos 620 literal B en concordancia con el articulo 624 y 603 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de las ciudadanas Mirna Hernández y Francis Hernández, consistente en acudir al centro de SAPINAES a objeto de recibir la orientación debida, debiendo presentarse cada quince (15) días, además deberá no incurrir en hechos similares a los que dieron lugar al presente proceso, no comunicarse con la víctima ni sus familiares, medida estas contenidas en los artículos 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Seguidamente, se les pregunto al adolescente si entendían el alcance de lo explicado y se le otorgó la palabra, previa imposición del precepto constitucional contenido en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso: Que entendía el contenido de la decisión. Es todo. Acto seguido, se le concedió la palabra a la Defensora Pública quien manifestó: Consigno en este acto la constancia de asistencia al programa de Libertad Asistida por mi representado a objeto de que sean agregadas. Es todo. Seguidamente este tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Impone al adolescente XXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, titular de la Cédula de identidad XXXXXXXX, de XXXXaños, nacido el XXXXXXX, estudiante, residenciado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXParroquia del Municipio Montes del Estado Sucre; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Mirna Hernández y Francis Hernández, de la medida de libertad asistida por el lapso de seis (06) meses contenida en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; ejecución que se realiza conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646, 647 en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley. Visto lo expuesto se le informa que de no cumplir con la sanción impuesta podrá ser privado de si libertad por el lapso de seis (06) meses y una vez que consigne las constancias se procederá a efectuar el respectivo computo. Librese boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público. Quedan notificados los presentes con la firma y lectura de la presente acta. Expídanse las copias solicitadas por las partes en la sala de audiencias. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 04:20 PM.

LA JUEZ DE EJECUCION
ARELIS GONZÁLEZ RONDON



LA DEFENSORA
ABG. MILDRED GUERRA

EL SANCIONADO
RONALD ALEXANDER ACOSTA MARQUEZ
EL ALGUACIL
CESAR OCANTO


LA SECRETARIA
ABG. ELIZABETH SUAREZ