CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 28 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-002174
ASUNTO: RP11-P-2007-002174

FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA “REGIMEN ABIERTO” ACORDADO.

Visto el escrito presentado por la Abogada Sandra Kassis, en su Carácter de Defensora Publico Penal, de la penada NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-,9.933.367, Mediante el Cual Solicita se le otorgue a su defendida el REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION A LOS FINES DE DECIDIR OBSERVA.

PRIMERO: La Penada: NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, fue CONDENADA por el Tribunal Cuarto de Control a cumplir la pena de Cuatro (04) Años de prisión, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Segundo y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, mas las accesorias de ley establecidas en el Articulo 16 del Código Penal.

SEGUNDO:: La penada NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, fue detenida en fecha 06-07-2007, según acta de investigación cursante al folio Cuatro (04) del presente asunto, en consecuencia, hasta la fecha (27-05-2008), fecha en la cual se realizo el Auto de Nuevo Computo, ha estado privada efectivamente de libertad durante Diez (10) Meses y Veintiún (21) días, que sumado al tiempo de redención por el Trabajo realizado por la penada dentro del Internado Judicial de esta ciudad, que serian, Tres (03) Meses, Veinte (20) días y Doce (12) horas, que da un tiempo de pena cumplida de Un (01) Año, Dos (02) Meses, Once (11) días y Doce (12) horas, de los cuales le falta por cumplir Dos (02) Años, Nueve (09) Meses, Dieciocho (18) días y Doce (12) horas de la pena impuesta, que vencerá el 15-03-2011 a las 12 horas.
TERCERO: La penada NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, es decir, cuando cumpla Un (01) año de prisión, los cuales se cumplieron en fecha 15/03/2007 a las 12:00 horas.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, es decir, Un (01) año y Cuatro (04) meses de prisión, los cuales se cumplen en fecha 15/07/2008, a las 12:00 horas.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, es decir, Dos (02) años y Ocho (08) meses de prisión, que sería en fecha 15/11/2009 a las 12:00 horas.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, es decir, Tres (03) años de prisión, que se cumplen en fecha 15/03/2010 a las 12:00 horas.

CUARTO: La penada NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, opta por la Formula Alternativa de cumplimiento de pena Correspondiente al RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, es decir en fecha 15-07-2008, a las 12:00 horas.

QUINTO: Cabe destacar, que consta en el presente asunto penal, cursante al folio 124, Cursa Constancia de Antecedentes Penales, de fecha 17-12-2007, expedida por el Jefe de la División de Antecedentes Penales Evelyn Villegas, mediante la cual se deja constancia, de los Antecedentes Penales de la Ciudadana NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367.

SEXTO: Consta en el presente asunto penal, cursante a los folios 155 y 156, según oficio N° 805, de fecha 30-04-2008, suscrito por el Director del Internado Judicial de Carúpano Abg. Lithyem Ferreira, mediante el cual remite a este tribunal CONSTANCIA DE CONDUCTA correspondiente al Penado: NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367, en la cual se hace constar que la Mencionada Penada, desde su ingreso a dicho Establecimiento Penitenciario se ha caracterizado por tener CONDUCTA BUENA.

SEXTIMO: Consta en el presente asunto penal, cursante al folio 157, de fecha 08-04-2008, OFERTA DE TRABAJO, correspondiente a la penada: NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367, mediante el cual la Ciudadana: Nancy Martínez, le ofrece trabajo a la mencionada penada como empleada Domestica.

OCTAVO: Consta en el presente asunto penal, cursante a los folios 186 al 189 respectivamente, de fecha 07-07-2008, Suscrito por el Abg. Daniel Marcano, en su carácter de Jefe (E) de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario con sede en esta Ciudad, mediante el cual remite Informe Técnico, perteneciente al penado NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367, de las cuales se observan entre sus Conclusiones lo siguiente:

CONCLUSIÓNES:
Sobre la base del Estudio Psico-social realizado por el equipo técnico emite opinión FAVORABLE, para el otorgamiento de la medida Solicitada.

NOVENO: Cursa a los folios 191 al 193, solicitud realizada por la Abg. Sandra Kassid, en su carácter de defensora publica penal del Penado NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR el Lugar donde la referida penada Cumplirá el Régimen Abierto. La cual es el Centro de Tratamiento Comunitario FABIAN RUBIO, en los Chorros, Ubicado en la Ciudad de Caracas. Distrito Capital

En consecuencia por todas estas consideraciones, antes expuestas conllevan a esta Juzgadora a declarar procedente la solicitud realizada por la defensa, de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente al “Régimen Abierto” en el asunto seguido al Penado: NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367, por encontrarse llenos todos los parámetros exigidos en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario y artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 479 numeral 1ero. del Código Orgánico Procesal Penal, Declara Procedente la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente al “RÉGIMEN ABIERTO”, a la penada: NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V.9.933.367.Quien fue CONDENADA, por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano a cumplir la pena de: Cuatro (04) Años de prisión, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Segundo y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, mas las accesorias de ley establecidas en el Articulo 16 del Código Penal, en virtud de encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario y artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual deberá cumplir en el Centro de Tratamiento Comunitario FABIAN RUBIO, en los Chorros, Ubicado en la Ciudad de Caracas. Distrito Capital. En consecuencia. Se fija Audiencia Especial para el día de hoy Lunes 28-07-2008, a las 2.30 PM, en la sala de audiencias N° 1-B, de este Circuito Judicial Penal, a los fines de imponer a la penada de la presente decisión. Notifíquese a las partes, ofíciese y remítase Copia Certificada de la presente decisión, 1.- al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia. 2.-. al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Carúpano.. 3.- al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “FABIAN RUBIO, ubicado en Caracas. Distrito Capital 4.- al Director del Internado Judicial de esta Ciudad. Líbrese boleta de traslado. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. YSMENIA FERNÁNDEZ H.
La Secretaria
Abg. Rosa Moya
.