REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano
Carúpano, 25 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001643
ASUNTO: RP11-P-2008-001643
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia publicada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 17 de junio de 2008, mediante la cual se sancionó a la Adolescente "OMISIS",por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVÍSIMAS, tipificado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano YUSCALIS DEL VALLE LUGO, con la medida de AMONESTACIÓN, contemplada en el artículo 620 literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 623 ejusdem. En tal sentido, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647 Ibídem, en los términos siguientes: Para el cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, el adolescente deberá ser severamente recriminado verbalmente, el día de la Audiencia de Imposición que tendrá lugar el 09 de agosto de 2008, a las 03:30 de la tarde, en sala N° 04 de esta Extensión Judicial, de manera que comprenda la ilicitud del hecho cometido.
En consecuencia cítese a la sancionada "omisis", a la víctima YUSCALIS DEL VALLE LUGO, la Fiscal Sexto del Ministerio Público ABG. MORAIMA GOYO, y la Defensa Pública ABG. MERCEDES MOLINA SÁNCHEZ, para que comparezcan a la Audiencia Especial, de Imposición del presente auto de Ejecución, el día y hora señalados. Líbrese Boletas de citación. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. TOMÁS JOSÉ ALCALÁ RIVAS.
LA SECRETARIA

ABG. CARMEN MARISANDRA MILANO.
En esta fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA

ABG. CARMEN MARISANDRA MILANO.