REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Por recibido de la URDD en fecha 10/07/2008 désele entrada y anótese en el Libro correspondiente. Vista la solicitud de Convenimiento de Obligación de Manutención y los recaudos que le acompañan, suscrito por los ciudadanos NANETH ESMERALDA SOLANO VEGA, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-82.033.935, y el ciudadano JOSE ENRIQUE CARDOZO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.502.827 respectivamente, asistidos en este acto por la Trabajadora Social YENNIFFER MANZO PEDRAZA, en su carácter de Defensora Pública de Niños, Niñas y Adolescentes Beto Morales de la Fundación Luz y Vida, a favor de la niña LEIDY YEISIRED CARDOZO SOLANO, y el adolescente LEIBER ENRIQUE CARDOZO SOLANO, de seis (06) y siete (07) años de edad respectivamente, este Tribunal LA ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley.