REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, veintidós (22) de julio de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2004-000325

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y vista la diligencia de fecha seis (6) de Febrero de 2008, presentada por la abogada Angélica Vásquez, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 89.132, en representación de la Fundación “Mi Familia”, y en la cual solicita autorización judicial para que se tramite la Visa de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quien se encuentra en Colocación Familiar en el hogar de los ciudadanos AIDA MATILDE BUSTAMANTE DE MILIANI Y MARCO ANTONIO MILIANI QUERALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad N° V- 6.814.777 y V-8.015.744, respectivamente, en atención a lo requerido, esta Juzgadora considera que no existe impedimento para que se autorice a los ciudadanos antes identificados, para que tramiten lo concerniente a la VISA de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 ejusdem); en consecuencia, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, AUTORIZA a los ciudadanos AIDA MATILDE BUSTAMANTE DE MILIANI Y MARCO ANTONIO MILIANI QUERALES, para que procedan hacer los tramites respectivos, ante la Embajada Americana, y le sea otorgada la VISA AMERICANA a la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente). Queda expresamente entendido que esta Autorización para Tramitar Visa, no implica ni incluye Autorización para Viajar. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. IVAN CEDEÑO.


AP51-S-2004-000325
Luis serrano.