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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Area Metropolitana de Caracas
 veintiocho de julio de dos mil ocho
 198º y 149º
 ASUNTO : AP51-S-2007-014650
 
 Revisadas como han sido las Actas del presente asunto, y visto en especial diligencia de fecha quince (15) de Julio de 2008, suscrita por la ciudadana MERCEDES MENESES, en representación de su hijo, ((se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quien se encuentra debidamente  asistido por el ciudadano PEDRO VIZCAINO, en su carácter de Defensor Pública Undécimo del a Sección de Protección  del Niño y del Adolescente,  y por cuanto  proceden a desistir de la  presente solicitud, esta  Juez Unipersonal N ° X del Circuito Judicial  de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, lo admite y  Administrando Justicia Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho Desistimiento, lo da por consumado en los mismos términos en que fue suscrito y le imparte su aprobación, dándole el carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada del Desistimiento, con inserción del presente auto; de igual forma se acuerda la devolución de los documentos originales consignados en el expediente, y entréguese a las partes interesadas, a tales fines se insta a los solicitantes a consignar los fotostatos necesarios, y una vez que consten en autos, remítase dichos originales mediante oficio a la Oficina de Atención al Público. Cúmplase.
 LA JUEZ
 
 MAIRIM RUIZ RAMOS
 
 EL SECRETARIO
 IVAN CEDEÑO
 
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