REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, treinta (30) de Julio de 2008
Año 198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-009755

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, ante quien se identificó a su firmante ciudadana DIGNA ROSA CARMONA DE MARCHENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.806.831, debidamente asistida por la abogada NELLY ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.451 en su carácter de madre de los ciudadanos ALIBE DUYEN, ALAIN NATHALY, RAMSES ULICES y AULIN SARAY MARCHENA CARMONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-6.313.486, V-10.781.003, V-11.203.360 y V-13.400.183 respectivamente y actuando igualmente en defensa de los derechos e intereses de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), quien es hija de la ciudadana NEIRA GRICET SOTO VERENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.090.273.

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente Copia Certificada del Acta de Matrimonios de los ciudadanos DIGNA ROSA CARMONA DE MARCHENA y el De Cujus JOSE RAMON MARCHENA PARRA; Copia Certificada del acta de Defunción del ciudadano JOSE RAMON MARCHENA PARRA; Copia Certificada de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos ALIBE DUYEN MARCHENA CARMONA, ALAIN NATHALY MARCHENA CARMONA, RAMSES ULICES MARCHENA CARMONA y AULIN SARAY MARCHENA CARMONA respectivamente; Copia Simple de la Partida de Nacimiento de la niña de autos; y Copia fotostática de la Cédula de Identidad de los testigos LILIA MARGARITA CARMONA RIOBUENO y JOSE ALEXIS MARCHENA PARRA respectivamente y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante, ciudadanos LILIA MARGARITA CARMONA RIOBUENO y JOSE ALEXIS MARCHENA PARRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.403.857 y V-3.711.094 respectivamente. En consecuencia, esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JOSE RAMON MARCHENA PARRA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nro. V-3.235.166, a los ciudadanos DIGNA ROSA CARMONA DE MARCHENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.806.831 (Esposa); y los hijos ALIBE DUYEN MARCHENA CARMONA, ALAIN NATHALY MARCHENA CARMONA, RAMSES ULICES MARCHENA CARMONA y AULIN SARAY MARCHENA CARMONA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-6.313.486, V- 10.781.003, V-11.203.360 y V-13.400.183 respectivamente y la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA) y así se declara. Expídase por Secretaría Copia Certificada del presente fallo y líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, con el objeto de que la referida copia certificada sea entregada a la parte interesada. Líbrese oficio. De igual modo se ordena la devolución de los documentos originales insertos en el expediente y el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase
LA JUEZA

ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,

ABG. KARLA SALAS
YCH/KS/ych
Motivo: Solicitud de Titulo Únicos y Universales Herederos
ASUNTO: AP51-S-2008-009755