REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, cuatro (04) de Julio de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-009954
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ROMMEL JOSE CALVO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.513.142, debidamente asistido por la Abogada FANNY COROMOTO GARCIA NUÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.647, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, la ciudadana SUBDELIA MARGARITA CALVO JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.401.896, en beneficio del niño RICARDO ENRIQUE CALVO BASTIDAS de cuatro (04) años de edad. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense al solicitante.
LA JUEZ
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SALAS
YCH/KS/ych.
Motivo: Autorización (Discernimiento Curador)
ASUNTO: AP51-S-2008-009954