REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL
Caracas, Primero (1°) de Julio de 2008
Años: 198º y 149º
Visto el escrito suscrito y presentado en fecha 30 de junio de 2008, por la abogada MARLENE TIRADO ORTIZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 652, actuando en este acto en su carácter de apoderada judicial de las sociedades MUEBLES OPUS, C.A., JOYERIA SEN-CAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y CENTRO INTEGRAL DE REHABILITACION FISICA FISIOVITAL, C.A., mediante el cual expuso: “Ciudadano Juez, presente como esta la ciudadana MARTA SARA OLGA LOPEZ, Director de la Sociedad LIBRERÍA 10 CICLOS S.R.L., desisto del procedimiento del presente juicio, por cuanto mi representada ha convenido ante la Notaria Segundo del Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas, en fecha 17 de Junio del 2008, anotado bajo el N° 45, Tomo 60, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, con INMUEBLES OUROBOROS, C.A. (omissis)…en desistir del procedimiento, del Recurso de Nulidad intentado contra la Resolución No. 010260, de fecha 29 de Junio del 2006, dictada por la Dirección de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura…”, este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO planteado por la representación judicial de la parte recurrente y así se decide.
LA JUEZ,
FLOR L. CAMACHO A.
EL SECRETARIO,
CLIMACO A. MONTILLA T.
Exp. 1733-06
FLCA/CAMT/graciela.-