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 LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
 Caracas, 21 de julio de 2008
 Años 197° y 148°
 
 Vista la anterior solicitud, así como las disposiciones de los testigos presentados por el solicitante, este Tribunal sin perjuicio de los derechos  que pudieran tener terceras personas de igual o mejor derecho de los que aduce la solicitante, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS a favor del ciudadano EPIDIO SANZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.1.999.979.- Devuélvase las presentes actuaciones previa anotación de éstas en el Libro Diario correspondiente.-
 EL JUEZ TEMPORAL
 
 Dr. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ    LA SECRETARIA ACC.
 
 Abg. SHIRLEY CARRIZALES MÉNDEZ
 
 
 En fecha ___________se devuelven las presentes actuaciones al solicitante constantes de ________ (    ) folios útiles.-
 
 LA SECRETARIA
 EXP: S- 9487
 AVR/SC/Marisol
 
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