siendo el día y hora, el Tribunal se traslado y constituyó en la sede de la demandada, que lo es C.C. Video C.A., se deja constancia que se notificó de la misión del Tribunal al ciudadano Omar Vasquez, quien se comunicó por vía telefónica con el ciudadano Mariano Puyero, quien se hizo presente en el acto, quien ofrece al extrabajador la cantidad de Bs. F. 20.000,00, pagaderos en tres partes. La parte ejecutante expone que acepta el ofrecimiento realizado por la demandada. En este estado este Juzgado Undécimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judiacial del Estado Carabobo con sede en Valencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el Presente Acuerdo, en los términos como las prtes lo establecieron, dándole efecto de cosa juzgada. El Tribunal se devuelve a su sede de origen.