REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL
(SECCIÓN DE ADOLESCENTES)
Barquisimeto, 15 de Julio del 2008
ASUNTO: KP01-D-2005-000669.
Vista la solicitud efectuada por la abogada YAMILETH CORONEL, en su carácter de defensora publico del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, imputado en el presente asunto, en el cual solicita a este tribunal se sirva revisar la medida cautelar de presentación cada 30 días que le fue impuesta a su defendido en la audiencia de presentación respectiva, revisado el Sistema juris 2000 se verifica que el adolescente ha dado cumplimiento a la medida es por lo que se acuerda extender la misma a cada 45, Este Tribunal acuerda el cambio solicitado en virtud de que el Estado tiene la obligación de garantizar a los adolescentes imputados un trato acorde con el fomento de su sentido de la dignidad humana, promoviendo la reintegración del adolescente, a los fines de que este asuma una función constructiva en la sociedad. Es todo.
DECISION
Este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: extender la medida de presentación a cada 45 días, al adolescente Identidad Omitida, Notifíquese a las partes. Cúmplase lo acordado.
LA JUEZ DE CONTROL N °1
ABOG. FLORANGEL MONASTERIOS
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