REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de Julio de 2008

ASUNTO PRINCIPAL Nº: KP01-D-2006-000560

SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO

Este Tribunal pasa a fundamentar audiencia especial para oír al representante del Imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA donde se considera oportuno decretar el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la Extinción de la Acción, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes términos;

PRIMERO: Se inicio este procedimiento en virtud que en fecha de 09 de Junio del 2006, la fiscal Auxiliar 18 del Ministerio Público Abg. GREISY SANCHEZ DE CANELON presento por actuaciones provenientes de los funcionarios adscritos a la Comisaría Nº 53 de Sanare de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara dejando constancia de la siguiente diligencia policial por parte del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA por considerarlo responsable de la comisión del delito CONTRA LAS BUENAS CONSTUMBRES previstos y sancionados en el artículo 374 del Código Penal. En razón de que en fecha 08 de Junio del 2006 siendo aproximadamente las 16:59 horas se presento ante la comisaría una ciudadana de nombre INES TATIANA DOMINGUEZ BOLIVAR C.I 7.548.452 en compañía de su hijo menor. De nombre MARCELINO RAFAEL MALVACIA C.I 22.267.107 DE 13 años de edad para denunciar a los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS quienes habían abusado sexualmente a su hijo antes mencionado indicando que el hecho ocurrió en la Urb. Lomas de Curigua en una residencia que se encontraba sola para el momento propiedad del ciudadano: Pedro Escalona la ciudadano informo que después que recibió la noticia traslado a su hijo al Hospital Dr. José Maria Bengoa de Sanare diagnosticándole EXCORIACIONES EN AMBOS CODOS, TORAX POSTERIOR, ERITEMA EN REGION ORBITAL IZQUIERDA, ABUSO SEXUAL. Y posteriormente se traslado ala comisaría para participar el hecho.

SEGUNDO: En fecha 10 de Junio del 2006, se celebró la audiencia de presentación, con la presencia de la Fiscal 18 del Ministerio Público, GREISY SANCHEZ DE CANELON la Defensora Pública Abg. TARK AL FAKIH y los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA INDOCUMENADO y IDENTIDAD OMITIDA titular de la cédula de identidad Nº. El tribunal acordó la Medida Cautelar Sustitutiva prevista en el artículo 582 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente., como los es Cuidado y Vigilancia bajo el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins.

TERCERO: En fecha 09 de Mayo del 2008, fue consignado Certificado de Defunción del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, es por ello que estamos en presencia de una de las causas de extinción de la acción penal tal como lo prevé el Ordinal 1º del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por el fallecimiento del Adolescente, y así se establece.




DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la muerte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, siendo esta una causal de Extinción de la Acción penal de conformidad con lo establecido en el ordinal 1ero del articulo 48 del Código Orgánico Procesal en concordancia con el 318 ordinal 3 ejusdem Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.

La Juez de Control Nº 1

Abg. FLORANGEL MONASTERIOS