REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de julio de 2008

ASUNTO PRINCIPAL Nº KP01-D-2005-810
CUADERNO SEPARADO : KV01-X-2007-000033

SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO

Revisadas como han sido las presentes actuaciones y visto que reposa en el asunto Tarjeta de Mortalidad del adolescente quien en vida respondía al nombre de IDENTIDAD OMITIDA se considera oportuno decretar el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la Extinción de la Acción Penal por muerte, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes términos;

PRIMERO: Se inicio este procedimiento en virtud que en fecha de 28 de de diciembre del 2005 la fiscal 19 del Ministerio Público Abg. CAROLINA SIERRA NAVARRO, por actuaciones provenientes de los funcionarios adscritos a laS Fuerzas Armadas Policiales presento al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA ( quien se identifico en la audiencia con el nombre de IDENTIDAD OMITIDA), por considerarlo responsable de la comisión de los delitos de ROBO AGRVADO previstos y sancionados en el artículo 458 del Código Penal. En razón de que en fecha 27 DE DICIEMBRE del 2005, siendo aproximadamente las 13.45 horas desplazándose por av. Venezuela con el cruce de la av. Andrés Bello cuando una ciudadana indico que venia en una unidad de transporte de la ruta Nº 10 cuando fue objeto de un robo por parte de tres ciudadanos que venían dentro de la unidad colectiva, y que habían tomado el rumbo hacia la av. 20 por toda la calle 22,seguidamente se traslada una unidad en moto por la calle 21 hasta la av. 20 donde al cruzar en la calle 22 visualizo a tres ciudadanos con las características señaladas por la ciudadana agraviada, donde se le dio captura a pocos metros realizando una inspección corporal incautándoles dentro del bolso un arma de fuego de fabricación casera (chopo), un teléfono celular y dinero en efectivo, acto seguido se presentan las ciudadanas agraviadas donde señalan que fueron esos tres ciudadanos quienes los robaron en la unidad de transporte publico. Posteriormente estos ciudadanos fueron trasladados a la zona policial Nº 02 quedando identificados como IDENTIDAD OMITIDA c.i de15 años de edad 2- IDENTIDAD OMITIDA.

SEGUNDO: En fecha 29 de Diciembre del año 2005, se celebró la audiencia de presentación, con la presencia de la Fiscal 19 del Ministerio Público Abg. CAROLINA SIERRA, el Defensor Privado Abg. ALI SANCHEZ y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA. El tribunal acordó medida cautelar de detención domiciliaria y la continuación de la causa por vía del procedimiento ordinario.
TERCERO: En fecha 30 de Junio 2008 , fue consignado acta de defunción del quien en vida respondía al nombre de IDENTIDAD OMITIDA , Titular de la Cédula de Identidad Nº es por ello que estamos en presencia de una de las causas de extinción de la acción penal tal como lo prevé el Ordinal 1º del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por el fallecimiento del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA y así se establece.



DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la muerte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA siendo esta una causal de Extinción de la Acción penal de conformidad con lo establecido en el ordinal 1ero del articulo 48 del Código Orgánico Procesal en concordancia con el 318 ordinal 3 ejusdem Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Es decir SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR MUERTE DEL IMPUTADO. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.

La Juez de Control Nº 1

Abg. FLORANGEL MONASTERIOS