REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de julio de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-006549
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano: JOSE EFRAIN GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 9.572.354, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 10.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano JOSE EFRAIN GARRIDO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CARRETERA PRINCIPAL DEL CASERIO EL PANDITO FRENTE A LA QUEBRADA DE MURI MURI CASA N° 2, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de sesenta y dos metros con terrenos ocupados por Iris Valentina, SUR: En línea de sesenta y dos metros con terrenos ocupados por Moraima de Carrasco, ESTE: Con la carretera principal del caserío el pandito y la quebrada de Muri Muri que es su frente y OESTE: Con el cerro de los Gavilanes. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA

ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. LUISA AGÜERO
HRPB/LaAe/chaus3.-