REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-005274

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y visto la diligencia presentada en fecha 12-05-2008, se observa que ciudadanos OMARO DE JESUS VILLEGAS y EILEN ROMERO ROMERO, solicitan se deje sin efecto la presente solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, toda vez que se han reconciliado y reanudado su vida en común, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la presente solicitud y DECLARA TERMINADO la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 del Código Civil Vigente. Archívese el expediente en su oportunidad.-

EL JUEZ, LA SECRETARIA


ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE. ABG. LUISA A. AGÜERO E.



HRPB/LAAE/Loreand