Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, presentada por el abogado JOSE CARLOS RODRIGUEZ DURAN, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 61.363, en su carácter de Abogado Asistente de BEATRIZ ADRIANA LUZON P., en su condición de DEMANDANTE, en el juicio por AMPARO, contra la BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.