REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-007622
Los Ciudadanos GLORIA ESPERANZA HIGUERA MOGOLLON, JAIRO ALBERTO HIGUERA MOGOLLON, JANITZIA MERCEDES HIGUERA MOGOLLON y LEONARDO ISRAEL HIGUERA MOGOLLON, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.328.163, V-3.858.957, V-4.736.821 y V-7.365.794, solicitaron la RECTIFICACIÓN DE SUS PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su Madre como “ESPERANZA MOGOLLON DE HIGUERA”, omitiendo su primer nombre, siendo lo correcto “TEODORA ESPERANZA MOGOLLON DE HIGUERA”. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público y se libró cartel publicado en fecha 28-06-2008.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta y cartel anexo, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre del madre de los solicitantes como “TEODORA ESPERANZA MOGOLLON DE HIGUERA”. En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos GLORIA ESPERANZA HIGUERA MOGOLLON, N° 325, Folio 164, durante el año 1951; JANITZIA MERCEDES HIGUERA MOGOLLON, N° 2091, Folio 256 frente, durante el año 1959; y LEONARDO ISRAEL HIGUERA MOGOLLON N° 2493, Folio 60 vuelto, año 1964 y a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento de JAIRO ALBERTO HIGUERA MOGOLLON, N° 3091, Folio vuelto 252, durante el año 1953; La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Treinta días del mes de Julio de dos mil ocho. Años 198º y 149º.
El Juez La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 11:23 A.M.
HRPB/LAAE/Loreand
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
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