REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KH01-M-2000-000067
Visto el anterior DESISTIMIENTO, presentado por la parte actora abogado JOSE ERNESTO RIERA, actuando en representación de la parte actora INTERBANK C.A., BANCO UNIVERSAL, en el presente juicio de RESOLUCIÒN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, contra el ciudadano EUTO EMIRO MORALES MORALES, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvanse los documentos originales solicitado dejándose copia certificada en su lugar, una vez consignados los fotostatos de los mismos. Archívese el expediente.
El Juez,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
La Secretaria,
Abg. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/M. elena.
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