REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-M-2002-000710
Visto la TRANSACCIÓN, suscrita por CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A, representada por el Abogado BORIS FADERPOWER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.652, parte demandada y por la parte demandante el ciudadano WILFREDO ANTONIO SILVA DÍAZ, en fecha 03 de Julio del año 2008, en el juicio por motivo de EJECUCION DE HIPOTECA, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez, La Secretaria.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.
Seguidamente se certificaron copias.
HRPB/LAAE/jysp.-
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