REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-009718


Vistos.
Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentado por la ciudadana MARIA DEL SOCORRO MONTES DE OCA DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.322.979, asistida por la abogada Mirian Barrios, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 127.511, en la cual requiere la rectificación de su acta de matrimonio, inscrita por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Montes de Oca, Municipio Torres del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado se DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa en razón del Territorio para conocer y decidir la solicitud presentada, por cuanto de conformidad con el artículo 501 del Código Civil, corresponde su conocimiento el Juez de Primera Instancia en lo Civil del Municipio Torres del Estado Lara. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a dicho Juzgado, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los dieciocho (18) días del mes de Julio de dos mil ocho (2.008). Años 198° y 149°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec.

MJP/Mónica