REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-005620
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ISABEL DOLORES HERNANDEZ LOPEZ , Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 5.940.808, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle Las Palmas con Av. Nicolás Torrelles de la población de Sarare, Municipio Simón Plana del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de 248,69 Mts2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: En línea de 16,00 Mts con Av. Las Palmas SUR: En línea de 15,46 Mts con familia Sandoval ESTE: En línea de 15,45 Mts con Francisco Colmenarez y OESTE: En línea de 16,17 Mts con calle Nicolás Torrelles. Dichas bienhechurías consta de una casa edificada con paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, un cuarto, una cocina, un baño, con dos puerta de metal , dos ventanas de metal y cristal . El valor invertido es la cantidad QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES [Bs. F. 15.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Elizabeth García y Luís Agüero , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana ISABEL DOLORES HERNANDEZ LOPEZ , ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA ACC.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/José
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